SE BUSCA LA CONSERVACIÓN DE ECOSISTEMAS Y PAISAJES PARA QUE SEAN USADOS SOSTENIBLEMENTE POR LAS COMUNIDADES
La figura ya existe en Pance en 1405 hectáreas, lo que se busca ahora es ampliarla en 3,200 hectáreas de forma concertada con la comunidad como se hizo en la primera fase. Hay 10 DRMI en el Valle con los que se están protegiendo 107.570 hectáreas y han permitido proyectos de beneficio para la comunidad. Ante la Información tendenciosa y descontextualizada relacionada con el proceso de ampliación, la CVC hace aclaraciones.
B-179 Cali, julio 14 de 2022.
Ni construir represas, ni expropiar predios. Lo que se busca para Pance es ampliar la figura de conservación Distrito Regional de Manejo Integrado, DRMI, que ya existe allí y que ha sido declarada en otros 9 sitios del Valle.
De hecho, de las 627.000 hectáreas de áreas protegidas que tiene el departamento, 107.570 hectáreas corresponden a esos DRMI que buscan la conservación de ecosistemas y paisajes para que sean usados sosteniblemente por las comunidades, permitiendo la existencia de acciones productivas y promoviendo el desarrollo sostenible.
Los DRMI como el de Pance han permitido movilizar proyectos liderados por la CVC para el beneficio de las comunidades y el ambiente en general, tales como; Acuerdos Recíprocos por el Agua, Valle Más Verde, estufas ecoeficientes, turismo de naturaleza, conservación de especies prioritarias, agroecología y seguridad alimentaria, entre otros.
A diferencia de los Parques Nacionales Naturales, los DRMI permiten diversos usos pero de forma ordenada e incluso representan oportunidades de progreso para la comunidad dentro del desarrollo sostenible.
Con el fin de confrontar la información tendenciosa y descontextualizada relacionada con el proceso de ampliación, la CVC hace 8 aclaraciones que desvirtúan información falsa y fuera de contexto que ha circulado en algunas plataformas digitales:
1. El área nueva propuesta para la ampliación del DRMI Pance NO HA SIDO DECLARADA. La decisión de ampliar el DRMI, surgió de una propuesta de diferentes actores que quedó consignada en el Plan de Acción de la CVC 2020 – 2023. La decisión de la ampliación resultará de correr la ruta metodológica de declaratoria de áreas protegidas (Resolución 1125 de 2015), liderada por la CVC, en convenio con la ONG WCS, que explora la posibilidad de que el territorio se conserve y desarrolle sosteniblemente, con la participación activa de los actores.
El polígono que se ha presentado a las comunidades, es un área de estudio que se pretende ajustar con base en el diagnóstico biofísico y socioeconómico, en el marco de una construcción colectiva.
2- ¿Qué regulaciones establece la ampliación? La ampliación, al igual que una declaratoria, regula la zonificación y los usos del área protegida que se determine para la ampliación, con base en el diagnóstico biofísico y socioeconómico. Así mismo se construyen la líneas estratégicas de acción para mejorar las condiciones de los ecosistemas y de las comunidades que habitan el territorio.
Los usos permitidos en cada una de las zonas atienden lo definido para la categoría concertada para el área, entre ellos están el uso sostenible, el uso de preservación, el uso de restauración y el uso de conocimiento, y disfrute. Estos usos se definen para el área protegida de manera participativa con la comunidad que habita el territorio, en los talleres de ordenamiento, que están pendientes por realizar.
Todo esto, con base en lo establecido en el Decreto 1076 de 2015, en el cual se recoge lo estipulado por el Decreto 2372 de 2010, que reglamentó el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
3. ¿Se afectan los estilos de vida de los habitantes de Pance?. El cuidado del medio ambiente es responsabilidad de todos, por lo tanto, los sistemas de vida sostenibles serán promovidos y fortalecidos por medio de proyectos que aporten a los objetivos de conservación propuestos para el área protegida, permitiendo la continuidad de las actividades sostenibles actuales o nuevos emprendimientos asociados a la conservación y desarrollo sostenible, supeditado a la normatividad ambiental vigente.
4. ¿Las propiedades que están en un DRMI deprecian su valor económico, se devalúan? Los avalúos catastrales no son de competencia de la autoridad ambiental, sin embargo, se aclara que los DRMI no afectan la propiedad, además en la zonificación se tienen zonas de uso sostenible para el desarrollo, donde se pueden realizar sistemas productivos sostenibles.
Se espera que el área protegida sea vista por los actores como una oportunidad para mejorar su calidad de vida y desarrollar proyectos productivos sostenibles a través de la focalización de la inversión de recursos de la Corporación, el Municipio y la Gobernación, así como la canalización de recursos de cooperación internacional que propendan por el bienestar social y ambiental de las comunidades asentadas al interior del área protegida.
5. ¿El DRMI limita o restringe el ingreso de materiales de construcción al territorio, reparación de vivienda o modificación? El DRMI no restringe las adecuaciones de las viviendas, es posible mejorar las viviendas preexistentes en situación de deterioro o colapso, que generen riesgo a la vida o al medio ambiente, y las mejoras se podrán hacer conforme a las normas vigentes, siempre y cuando no afecten los objetos de conservación del área protegida y los atributos del área protegida.
6. ¿Se puede expropiar un predio que está en DRMI y se puede hacer compra ventas? La declaración, alinderación y creación del Distrito Regional de Manejo Integrado, NO LIMITA EL DOMINIO (el dominio hace alusión a ejercer como amo, señor y dueño de una propiedad privada), NI SACA DEL COMERCIO LOS PREDIOS, es decir, que los propietarios de los predios continúan con su derecho de dominio sobre los mismos y en ese sentido pueden disponer de ellos, esto es, pueden transferir la propiedad, realizar compraventas, en el marco de las normas vigentes sobre la materia. En ninguno de los DRMI en el Valle del Cauca, en el ejercicio de la declaratoria se han expropiado predios privados.
7. ¿Las construcciones sin licencia se pueden legalizar posteriormente? La declaratoria del DRMI es un proceso ajeno a la normatividad urbanística en relación con la legalización de construcciones. Este tema le compete directamente al ente territorial.
8. La declaración del DRMI es para surtir un gran acueducto, se va a construir una represa. La Ampliación del DRMI NO TIENE COMO OBJETIVO CONSTRUIR UNA REPRESA, ni para abastecer una represa. El agua de Pance actualmente solo surte pequeños acueductos cercanos, la protección del río por medio del DRMI beneficia directamente a estos acueductos y a las actividades turísticas propias de la región.
cvc.gov.co