Consejos para actividades domesticas...

Dar a conocer los cambios presentados en la Norma de Vertimientos, que reglamenta el Artículo 28 del Decreto 3930 de 2010, es el propósito de los Talleres Técnicos de Divulgación y Socialización que adelanta el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de su Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico.
Las socializaciones se realizan con la participación del gobierno nacional, integrantes de los diferentes sectores productivos, las autoridades ambientales, la academia, las entidades relacionadas, el sector consultor y la comunidad en general, quienes deben tener claridad sobre los nuevos cambios presentados, que ahora cobijan los vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y al alcantarillado público.
Tres de las características principales de la Norma de Vertimientos Puntuales a Cuerpos de Agua Superficiales y a los Sistemas de Alcantarillado Público, (Art. 28, Decreto 3930 de 2010) son:
Establecer los parámetros y los valores límites máximos permisibles de vertimientos por actividad productiva.

28-vertimientos
Se pasó de los valores límites máximos permisibles expresados en carga (kg/día) a los expresados en concentración (mg/l), lo cual cambia el concepto de remoción en el tratamiento por concentración final
Hace una diferenciación entre Aguas Residuales Domésticas (ARD) y Aguas Residuales no Domésticas (ARND).