Un territorio con ríos desviados y paisajes devastados por técnicas de la minería que han degradado el 90 % de las fuentes hídricas de la cuenca del río Atrato es una de las heridas abiertas que no se podrán cerrar. “Daño a perpetuidad”, así se le denomina jurídicamente a estos impactos ambientales irreparables.

Miguel Cruz | Periodista Unimediosshare

En el Chocó se han registrado entre 40 y 70 dragas que pueden extraer cerca de 1 kilogramo de oro a la semana; cada una está avaluada en $1.500 millones, según el Ejército Nacional de Colombia (2025). Foto: Raúl Arboleda/AFP.En el Chocó se han registrado entre 40 y 70 dragas que pueden extraer cerca de 1 kilogramo de oro a la semana; cada una está avaluada en $1.500 millones, según el Ejército Nacional de Colombia (2025). Foto: Raúl Arboleda/AFP.

Imagine una herida tan profunda que nunca cicatriza, un daño que no solo afecta a quien lo sufre, sino que además es heredado por sus hijos, nietos, y las generaciones por venir. Ahora traslade esa imagen a los ríos. Eso es lo que ha pasado con el Atrato (Chocó), uno de los ríos más caudalosos del mundo y de los más importantes de Colombia, que a causa de la minería de oro por aluvión –técnica que recolecta partículas de oro presentes en los sedimentos de ríos, arroyos o cuerpos de agua– ha visto disminuir su biodiversidad de flora y fauna.

Este tipo de extracción se caracteriza por el uso desaforado de insumos químicos como el cianuro y el mercurio, que degradan las fuentes hídricas y pueden producir enfermedades renales crónicas o toxicidad neurológica en humanos. Además incluye actividades como la excavación y el dragado, técnicas que han cambiado el cauce del río provocando inundaciones, sequías y un incremento en la sedimentación, poniendo en peligro de extinción a especies endémicas del Chocó como el bagre rayado y el bagre sapo, según el Libro rojo de peces dulceacuícolas de Colombia.

El río no ha sido la única víctima de este tipo de explotación minera; también los habitantes de Río Quito, un municipio chocoano que enfrenta una profunda pobreza alcanzando al 66,8 % de la población, según el DANE. Allí el 89,54% de sus 9.158 habitantes son de origen negro, mulato o afro, y el 9,97% pertenecen a comunidades indígenas, organizadas en seis Consejos Comunitarios y cuatro Resguardos Indígenas, según el último censo del DANE.

Daños irreversibles, generaciones desamparadas

Este contexto ha dejado heridas abiertas que no se han podido cerrar, ni lo harán. En el ámbito jurídico a esto se le conoce como “daño a perpetuidad”, un concepto que surge de la necesidad de reconocer los estragos ecológicos irreparables. En el caso de Río Quito, la contaminación generada por la minería es irreversible, tanto así, que aunque hoy se suspendieran todas las actividades de extracción, faltarían cientos de generaciones para que el río Atrato y su cuenca vuelvan a estar saludables.

Una evidencia de ello es la acumulación en el suelo de químicos como el mercurio, el plomo y el arsénico, los cuales no se degradan sino que permanecen en el ecosistema durante siglos, envenenando pasivamente el agua, el suelo y las especies que dependen de él. De hecho, luego de analizar muestras recolectadas en el río Atrato entre 2023 y 2024, la organización Pure Earth identificó este tipo de contaminantes en la unión entre el río Quito con el afluente río Pató.

A esto se suman los cambios del cauce del río, la deforestación y la pérdida de especies endémicas, afectaciones que no son remediables con la tecnología o los recursos actuales, lo que generará efectos sobre las generaciones futuras, como la pobreza ecológica por la falta de especies icónicas, fundamentales en sus prácticas culturales y económicas.

También heredarán un territorio alterado e inseguro, con ríos desviados y paisajes devastados por maquinas mineras, lo que limita las posibilidades de desarrollo alternativo y sostenible. Se trata de una deuda ecológica y de salud que la generación presente está cargando de manera irreversible sobre su propio futuro.

Esto fue lo que evidenció y registró María Fernanda Moreno Pico, magíster en Medio Ambiente y Desarrollo de la UNAL, utilizando como caso de estudio la minería de oro por aluvión en el municipio de Río Quito. En su investigación destaca que esta técnica de extracción ha degradado el 90% de las fuentes hídricas de la cuenca del río Atrato, dejando el agua no apta para consumo humano.

Prácticas ancestrales que se funden con el oro

Pero, como si eso fuera poco, estas comunidades también han visto desaparecer prácticas tradicionales como la minería artesanal, la agricultura y la pesca, debido a la extracción ilegal de oro. Actualmente esta actividad constituye el 98,3% de la minería en la región, mientras que la minería artesanal apenas representa un 1,7%, según el “Informe nacional de minería ilegal y contaminación por mercurio en Colombia”, presentado en 2024 por la Procuraduría General de la Nación.

Las riquezas generadas por la minería ilegal en la región no benefician a las comunidades locales, ya que los principales responsables de esta actividad son actores ilegales y grupos armados organizados que influyen en el control territorial y comunitario, pues en el 43% de las zonas donde se lleva a cabo minería ilegal en Chocó también existen cultivos de coca, según el informe “Colombia, explotación de oro de aluvión EVOA” de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), publicado en 2022.

Marco legal pionero, pero insuficiente

Aunque en Colombia existen sentencias y categorías de delito como el ecocidio, el daño en los recursos naturales y la contaminación ambiental, la investigadora Moreno confirma que en el derecho ambiental colombiano existen limitaciones, sobre todo cuando el problema en los ecosistemas dificulta la identificación del daño, de sus responsables y de sus posibles compensaciones.

De hecho, en 2016 se ejecutó la Sentencia T-622, que por primera vez en Colombia le otorgó derechos a un sujeto no humano, el río Atrato, y ordenó: eliminar la extracción ilícita de minerales, realizar estudios epidemiológicos y toxicológicos, diseñar e implementar un plan de seguridad alimentaria, y descontaminar las fuentes hídricas afectadas por el mercurio y otras sustancias tóxicas.

En palabras de la investigadora, esto puede demostrar la disfuncionalidad en la respuesta institucional y jurídica. A pesar de contar con instrumentos legales pioneros –como la sentencia que reconoce los derechos del río– y con categorías penales como el delito ambiental, la aplicación efectiva se ve frustrada tanto por la incapacidad de medir los daños como por la persistencia de la minería en áreas prohibidas como en el Resguardo Indígena La Lomita y el Consejo Comunitario del cantón San Pablo.

“La débil aplicación de las sanciones, la dificultad para identificar responsables y la complejidad científica para determinar las causas y las soluciones certeras se evidencian en las limitaciones del enfoque normativo actual; por ello, desde el derecho ambiental se hace necesaria una evolución hacia un modelo que priorice la prevención del daño ante la imposibilidad de garantizar una reparación efectiva y oportuna”, explica la investigadora Moreno.

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