
- La Patria Milagro establece controles para separar, transportar, registrar y disponer de manera segura los escombros y demás residuos generados por el terremoto del pasado 10 de agosto.
- Las medidas también abarcan residuos peligrosos, equipos eléctricos y electrónicos, desechos de servicios de salud y alimentos no aptos para el consumo humano, con el propósito de prevenir riesgos sanitarios y ambientales.
Bogotá, 22 de octubre de 2026. El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella puso en marcha nuevas medidas para evitar que los residuos generados por el terremoto del pasado 10 de agosto se conviertan en un nuevo riesgo para la salud de las comunidades y el ambiente.
A través de una Circular Conjunta, los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Salud y Protección Social, Vivienda, Ciudad y Territorio, y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) establecieron orientaciones para controlar el manejo de escombros y otros residuos generados durante la emergencia, desde su separación y recolección hasta su destino final.
“Con esta nueva circular buscamos coordinar esfuerzos para prevenir brotes epidemiológicos, la proliferación de vectores y nuevas afectaciones ambientales. Los escombros deben separarse de los demás residuos y llevarse a sitios habilitados, con registro de su traslado y destino. De ninguna manera pueden terminar en ríos, humedales, vías, ni rellenos sanitarios”, afirmó el viceministro de Políticas y Normalización Ambiental, Gustavo Guerrero.
En este sentido, uno de los principales lineamientos es la separación de los residuos de construcción y demolición de los demás desechos, así como su clasificación según el tipo de material. Su disposición está prohibida en rellenos sanitarios, vías, lotes, cauces, rondas hídricas, humedales y otros lugares que no estén habilitados para ese fin.
Para garantizar el control de estos materiales, cada traslado deberá quedar registrado desde el punto de salida hasta el destino final, con las cantidades reportadas en unidades de peso. Esta trazabilidad permitirá documentar su recorrido y facilitar la vigilancia de su manejo.
Además, cuando las plantas o sitios autorizados no tengan capacidad suficiente, podrán habilitarse, de manera excepcional y temporal, espacios para el acopio transitorio de estos residuos. Estos lugares deberán contar con un responsable, capacidad máxima, mecanismos de seguimiento y un plan de cierre.
Residuos peligrosos con manejo especializado
La circular también establece medidas para los residuos que puedan representar un mayor riesgo para la salud y el ambiente. Los residuos peligrosos y los aparatos eléctricos y electrónicos deberán separarse desde el lugar donde se generan y entregarse a gestores autorizados.
En el caso de materiales que puedan contener asbesto, no deben romperse, cortarse ni triturarse. Los residuos que contengan este material deberán recibir manejo como residuos peligrosos.
Las medidas también aplican a los residuos generados en la prestación de servicios de salud. Las sedes extramurales, transitorias o itinerantes deberán cumplir las disposiciones sanitarias vigentes, incluido el manejo seguro de elementos cortopunzantes y el almacenamiento temporal.
La recolección debe priorizar a quienes más lo necesitan
La gestión de los residuos durante la emergencia requiere, además, garantizar la continuidad del servicio público de aseo. Para ello, los prestadores deberán activar sus Planes de Emergencia y Contingencia y ajustar las rutas y frecuencias de recolección durante el tiempo necesario.
La atención deberá priorizar los asentamientos, albergues y puntos con mayor acumulación de residuos en las zonas afectadas, así como los centros de salud, las estaciones de bomberos y Policía, los organismos de socorro y la infraestructura eléctrica y de comunicaciones. Los usuarios deberán ser informados con antelación sobre los ajustes en la prestación del servicio.
A estas medidas se suma una disposición relacionada con la seguridad alimentaria: los alimentos que no sean aptos para el consumo humano no podrán donarse ni redistribuirse, con el fin de evitar que productos que no cumplen las condiciones para su consumo vuelvan a circular entre la población afectada.
Las orientaciones se aplican en los departamentos incluidos en la declaratoria de desastre nacional y deberán implementarse respetando las competencias de cada autoridad y las obligaciones de los generadores, gestores y demás participantes en la cadena de gestión de residuos.
Con estas disposiciones, el Gobierno De La Espriella fortalece la coordinación entre las entidades nacionales y territoriales para atender el manejo de los materiales y desechos derivados de la emergencia, mejorar el control sobre su clasificación, transporte y destino, y reducir los riesgos sanitarios y ambientales para las comunidades y los ecosistemas.
*Crédito fotografía: Carder
minambiente.gov.co
