(MADS). Durante la verificación realizada por la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, luego de las visitas a los polígonos de explotación minera enmarcados en la resolución 2001 de 2016, que ampliaba las zonas compatibles con la minería (ZCM) en la sabana de Bogotá, se destacó el trabajo técnico y jurídico de casi 6 años que ha realizado el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
“Este ejercicio se convierte en una garantía para la actividad minera en la sabana, dando claridad y confianza a los empresarios en derecho de propiedad y reglas de juego ecuánimes para la explotación”, resaltó el ministro de Ambiente Luis Gilberto Murillo.
“De esta manera se avanza a paso firme en el cumplimiento a la Sentencia del Consejo de Estado que ordena la descontaminación del río Bogotá”, explicó José Ricardo Rodríguez, delegado del Ministerio de Ambiente para este tema y recordó que con la creación de la Mesa Estratégica de Minería con todas las entidades y actores involucradas en el proceso, se facilitará la resolución de los conflictos en el territorio, en lo que se refiere a la actividad minera y al mismo tiempo se monitoreará el cumplimiento de los requerimientos descritos desde la Entidad.
Para Rodríguez la revisión hecha por parte de la Magistrada a la resolución 2001 de 2016 “es una gran oportunidad para los municipios ubicados en la Sabana de Bogotá, ya que permite hacer un diagnóstico más preciso del estado de la actividad minera en la región y llegar a acuerdos que permitan establecer dónde es compatible realizar la actividad minera y donde no, en procura de la protección del medioambiente, pero sobre todo del bienestar de la población inmersa en la ronda del río Bogotá”.
Durante su última inspección realizada en el municipio de Cogua, la Magistrada Villamizar levantó parcialmente la suspensión de los efectos jurídicos de la mencionada resolución, para 19 polígonos de compatibilidad minera ubicados en Bogotá (3), Soacha (1), Sibaté (1), El Rosal, Subachoque y Madrid (1), Tabío (1), El Rosal, Madrid y Facatativá (1), Zipaquirá (2), Cogua (1), Guasca (2), Guatavita (3), Nemocón (2), Tocancipá (1).
Así mismo, ordenó incluir las recomendaciones generadas en las inspecciones judiciales, las cuales deberán ser presentadas por los alcaldes municipales con el debido sustento técnico señalado por el Ministerio de Ambiente en la Resolución 2001 de 2016.
No se levantaron las medidas cautelares a las Zonas Compatibles con la Minería de los municipios de: Chocontá y Suesca (1), Suesca (1), Cogua, Tausa y Nemocón (1), Mosquera y Bojacá (1) y Soacha y Bojacá (1), ya que no se alcanzaron a visitar los polígonos.
La Magistrada finalmente expresó que luego de que se conozca su remplazo ante la suspensión del Consejo Superior de la Judicatura que la inhabilita por un año para ejercer cargos públicos, deberán realizarse las visitas a los polígonos faltantes de tal modo que se pueda continuar con el proceso que permitirá avanzar en la descontaminación del río Bogotá.