Declaración del Día

El primer Día Internacional de las Mujeres Rurales se celebró el 15 de octubre de 2008. Fue establecido por la Asamblea General en su resolución 62/136 Documento PDF, de fecha 18 de diciembre de 2007. En ella reconoce «la función y contribución decisivas de la mujer rural, incluida la mujer indígena, en la promoción del desarrollo agrícola y rural, la mejora de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza rural».

Con ese motivo, la resolución pide a los Estados Miembros que, en colaboración con las organizaciones de las Naciones Unidas y la sociedad civil, continúen esforzándose por aplicar los resultados de las conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, y que asignen mayor importancia al mejoramiento de la situación de las mujeres rurales en sus estrategias de desarrollo nacionales, regionales y mundiales, entre otras cosas:

  1. Creando un entorno propicio para mejorar la situación de las mujeres rurales y asegurando que se preste atención sistemática a sus necesidades, prioridades y contribuciones;
  2. Procurando el empoderamiento político y socioeconómico de las mujeres rurales y apoyando su participación plena e igualitaria en la adopción de decisiones a todos los niveles;
  3. Promoviendo las consultas con las mujeres rurales, en particular las mujeres indígenas y las mujeres con discapacidad, y su participación;
  4. Asegurando que se tenga en cuenta la perspectiva de las mujeres rurales y que éstas participen en la formulación, aplicación, seguimiento y evaluación de las políticas y actividades relacionadas con las situaciones de emergencia;
  5. Integrando la perspectiva de género en la formulación, aplicación, seguimiento y evaluación de políticas y programas de desarrollo;
  6. Dedicando inversiones y esfuerzos renovados a satisfacer las necesidades básicas de la mujer rural mediante un aumento de la disponibilidad, la accesibilidad y la utilización de las infraestructuras rurales fundamentales;
  7. Atendiendo a las necesidades específicas de las mujeres rurales en materia de salud y tomando medidas concretas para proporcionar y mejorar el acceso de las mujeres de las zonas rurales a los más altos niveles posibles de salud;
  8. Formulando y aplicando políticas nacionales que promuevan y protejan el disfrute por las mujeres y las niñas del medio rural de todos los derechos humanos y libertades fundamentales y creando un entorno que no tolere las violaciones de sus derechos;
  9. Asegurando que se tengan en cuenta los derechos de las mujeres de edad de las zonas rurales en lo que respecta a la igualdad de acceso a los servicios y recursos;
  10. Preparando programas concretos de asistencia y servicios de asesoramiento para promover las aptitudes de la mujer rural en el ámbito económico;
  11. Movilizando recursos, incluso a nivel nacional y mediante la asistencia oficial para el desarrollo, a fin de aumentar el acceso de las mujeres a los planes de ahorro y crédito existentes;
  12. Integrando mayores oportunidades de empleo para las mujeres rurales en todas las estrategias de desarrollo y las estrategias de erradicación de la pobreza a nivel internacional y nacional;
  13. Tomando medidas para asegurar que se reconozcan el trabajo no remunerado de las mujeres y sus contribuciones a la producción dentro y fuera de las explotaciones agrícolas;
  14. Promoviendo programas que permitan a las mujeres y los hombres del medio rural compaginar su trabajo con las responsabilidades familiares y alienten a los hombres a compartir las tareas domésticas y el cuidado de los hijos por igual con las mujeres;
  15. Considerando la posibilidad de adoptar, cuando proceda, legislación nacional para proteger los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las mujeres de las comunidades indígenas y locales en materia de medicina tradicional, diversidad biológica y tecnologías indígenas;
  16. Prestando atención a la falta de datos actualizados, fidedignos y desglosados por sexo, incluso haciendo mayores esfuerzos para que el trabajo no remunerado de la mujer figure en las estadísticas oficiales;
  17. Preparando y revisando leyes para asegurar que, donde exista la propiedad privada de la tierra y otros bienes, la mujer rural disfrute de plena igualdad de derechos al respecto;
  18. Apoyando un sistema educativo que tenga en cuenta las cuestiones de género y las necesidades específicas de las mujeres rurales con el fin de eliminar los estereotipos de género y las tendencias discriminatorias que les afectan.