La Jueza Única del Tribunal de Disciplina,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al Jugador LIONEL ANDRÉS MESSI por 3 (tres) meses contados a partir del día
siguiente a la notificación de la presente decisión. En consecuencia, el jugador queda suspendido
para disputar partidos oficiales y amistosos con su Selección Nacional en ese periodo de tiempo.
2º. IMPONER al Jugador LIONEL ANDRÉS MESSI una multa de USD 50.000 (CINCUENTA MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
su Asociación en concepto de participación y/o premios.
3º. NOTIFICAR al Jugador LIONEL ANDRÉS MESSI.
4º. Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo
de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión
conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir
con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la
cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada
mediante transferencia bancaria
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Tribunal de Disciplina
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