{"id":157501,"date":"2023-12-01T19:38:38","date_gmt":"2023-12-02T00:38:38","guid":{"rendered":"https:\/\/sportseco.com\/?p=157501"},"modified":"2023-12-01T19:38:42","modified_gmt":"2023-12-02T00:38:42","slug":"organizaciones-indigenas-con-via-libre-para-ejercer-la-gestion-catastral-en-sus-territorios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sportseco.com\/?p=157501","title":{"rendered":"Organizaciones ind\u00edgenas con v\u00eda libre para ejercer la gesti\u00f3n catastral en sus territorios"},"content":{"rendered":"\n<p>El protocolo multiprop\u00f3sito es un instrumento normativo que reconoce a los resguardos ind\u00edgenas como autoridades administrativas que han desarrollado funciones similares a las estatales en la gesti\u00f3n del catastro. Con esta herramienta se integran los sistemas de informaci\u00f3n sobre el territorio de los resguardos, al sistema catastral nacional, en relaci\u00f3n con la tenencia y la posesi\u00f3n de predios, incluyendo su uso, delimitaci\u00f3n y desarrollo comunitario.<\/p>\n\n\n\n<p>Carlos Alberto Tello Mosquera |share<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2023\/noviembre\/PeriodicoUNAL-301123-01am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"La concertaci\u00f3n de consulta previa permiti\u00f3 realizar ajustes t\u00e9cnicos al proceso de implementaci\u00f3n del catastro multiprop\u00f3sito adem\u00e1s de crear una herramienta con un enfoque diferencial. Fuente: Jeimi Villamizar - Unimedios\"\/>La concertaci\u00f3n de consulta previa permiti\u00f3 realizar ajustes t\u00e9cnicos al proceso de implementaci\u00f3n del catastro multiprop\u00f3sito adem\u00e1s de crear una herramienta con un enfoque diferencial. Fuente: Jeimi Villamizar &#8211; Unimedios<\/p>\n\n\n\n<p>Con el paso de los a\u00f1os, en Colombia el catastro tradicional se consider\u00f3 como un importante sistema de informaci\u00f3n a cargo del Instituto Geogr\u00e1fico Agust\u00edn Codazzi (IGAC), que registra el inventario de bienes inmuebles urbanos y rurales en los municipios, y adem\u00e1s contiene informaci\u00f3n no solo f\u00edsica sino tambi\u00e9n jur\u00eddica y econ\u00f3mica del bien; su enfoque lo cataloga como un sistema de registro de bienes inmuebles cuyo objetivo principal es servir como herramienta para el recaudo de impuestos.<\/p>\n\n\n\n<p>Ha tenido una orientaci\u00f3n meramente fiscal que no suple las necesidades de informaci\u00f3n pertinentes para la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de diversas pol\u00edticas p\u00fablicas, dado que no cuenta con procesos eficientes de actualizaci\u00f3n, no permite su integraci\u00f3n con otras fuentes de informaci\u00f3n y no es completo; tanto es as\u00ed, que el Conpes 3958 de 2019 se\u00f1ala que con corte al 1 de enero de 2019, el 66% del territorio nacional ten\u00eda informaci\u00f3n catastral desactualizada, el 28,32% no contaba con informaci\u00f3n catastral, y solo el 5,68% ten\u00eda informaci\u00f3n actualizada.<\/p>\n\n\n\n<p>Muchos municipios colombianos tienen m\u00e1s de 15 a\u00f1os de desactualizaci\u00f3n catastral, eso sin contar aquellos de las zonas rurales, los cuales presentan un problema m\u00e1s complejo ya que al menos 26,5 millones de hect\u00e1reas no han sido formalizadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre las dificultades que tuvo la aplicaci\u00f3n e implementaci\u00f3n del catastro tradicional se destacan: falta de formaci\u00f3n catastral, formaci\u00f3n catastral incompleta, catastros desactualizados, y no compatibilizaci\u00f3n del catastro con otras fuentes de registro, lo que evidenci\u00f3 la necesidad de transitar del catastro tradicional a un catastro multiprop\u00f3sito para el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Este fue producto del Acuerdo Final para la Terminaci\u00f3n del Conflicto y la Construcci\u00f3n de la Paz, firmado entre el Gobierno de Colombia y la guerrilla de las FARC-EP, en la concertaci\u00f3n del punto 1.1.9. de dicho Acuerdo, que se denomin\u00f3 \u201cFormaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del catastro e impuesto predial rural\u201d, en el cual se acord\u00f3 la implementaci\u00f3n de un catastro multiprop\u00f3sito cuyo objeto principal es contar con una nueva pol\u00edtica p\u00fablica que permita actualizar el sistema catastral colombiano, brindar garant\u00edas jur\u00eddicas a la propiedad individual, contribuir a la eficiencia del mercado inmobiliario, ordenar el territorio, y servir de sustento de las entidades territoriales para elaborar y dise\u00f1ar mejores pol\u00edticas p\u00fablicas de planeaci\u00f3n social y econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicha medida supuso un reto para el pa\u00eds, superar los rezagos del catastro tradicional y dise\u00f1ar nuevas estrategias de implementaci\u00f3n de un nuevo catastro integral multiprop\u00f3sito, con diversas caracter\u00edsticas respecto del catastro tradicional: completo, actualizado, confiable, consistente con el sistema de registro de la propiedad, y digital e interoperable con otros sistemas de informaci\u00f3n. Y adem\u00e1s supuso un desaf\u00edo adicional: que la implementaci\u00f3n de esta herramienta se desarrollara con un enfoque diferencial \u00e9tnico que reconociera la existencia de los territorios colectivos y el ordenamiento territorial propio de las comunidades ind\u00edgenas del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2023\/noviembre\/PeriodicoUNAL-301123-02am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"El Gobierno nacional entiende la necesidad de acordar con las comunidades ind\u00edgenas \u2013en el marco de un proceso de consulta previa\u2013 c\u00f3mo se podr\u00e1 implementar el catastro multiprop\u00f3sito en sus territorios colectivo. Fuente: Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP)\"\/>El Gobierno nacional entiende la necesidad de acordar con las comunidades ind\u00edgenas \u2013en el marco de un proceso de consulta previa\u2013 c\u00f3mo se podr\u00e1 implementar el catastro multiprop\u00f3sito en sus territorios colectivo. Fuente: Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP)<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Comunidades ind\u00edgenas<\/h3>\n\n\n\n<p>Los resguardos son la forma de asociaci\u00f3n de las comunidades ind\u00edgenas; se han constituido como una instituci\u00f3n legal y sociopol\u00edtica especial, y la propiedad colectiva de su territorio se les ha adjudicado a trav\u00e9s de un t\u00edtulo que, a prop\u00f3sito, goza de las mismas \u2013e incluso mejores\u2013 garant\u00edas de la propiedad privada, poseen su territorio y se rigen para el manejo de este y su vida interna por una organizaci\u00f3n aut\u00f3noma amparada por el fuero ind\u00edgena y su sistema normativo propio.<\/p>\n\n\n\n<p>Aqu\u00ed es importante se\u00f1alar que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica (art. 63 y 329) y la normatividad colombiana han facultado a los resguardos ind\u00edgenas para ejercer como autoridades civiles comunitarias con competencias territoriales, y especialmente, con la facultad de ordenar sus propios territorios, llevando un registro sistem\u00e1tico de los bienes inmuebles individuales y colectivos, y de sus poseedores. Estos bienes inmuebles no se encuentran en el inventario del IGAC ni de ninguna otra instituci\u00f3n colombiana y se encuentran ubicados en el 33,6%<sup>1<\/sup>de la superficie del pa\u00eds, porcentaje correspondiente a los territorios colectivos en Colombia.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al ordenamiento de su territorio y al registro de sus bienes, en los territorios colectivos existen bienes inmuebles de diversa \u00edndole (iglesias, casas comunales, viviendas, escuelas, puestos de salud, etc.) que son administrados de manera aut\u00f3noma e incluidos en un sistema de registro propio por los resguardos ind\u00edgenas; este sistema de registro no se correlaciona ni articula con el sistema de registro catastral del Estado colombiano, y es por ello que se menciona que el dise\u00f1o del catastro multiprop\u00f3sito tiene el reto de reconocer a los resguardos ind\u00edgenas como autoridades administrativas de apoyo en la gesti\u00f3n del catastro.<\/p>\n\n\n\n<p>Es en virtud de lo anterior que el Gobierno nacional entiende la necesidad de acordar con las comunidades ind\u00edgenas \u2013en el marco de un proceso de consulta previa\u2013 c\u00f3mo se podr\u00e1 implementar el catastro multiprop\u00f3sito en sus territorios colectivos. Este se realiz\u00f3 a trav\u00e9s de un proceso de concertaci\u00f3n t\u00e9cnica que inici\u00f3 2021 y en el que participaron 13 entidades del Gobierno nacional y 7 organizaciones ind\u00edgenas.<\/p>\n\n\n\n<p>La concertaci\u00f3n derivada del proceso de consulta previa fue la que permiti\u00f3 no solo la posibilidad de realizar ajustes t\u00e9cnicos al proceso de implementaci\u00f3n del catastro multiprop\u00f3sito, sino tambi\u00e9n que esta herramienta fuera vista desde un enfoque diferencial \u00e9tnico, que implicara la inclusi\u00f3n de la cosmovisi\u00f3n de los resguardos ind\u00edgenas del pa\u00eds, su desarrollo cultural y ling\u00fc\u00edstico, la existencia de autoridades locales y gobiernos propios, y la concepci\u00f3n diferente del territorio que, adem\u00e1s de colectivo, comprende un valor espiritual para las comunidades ind\u00edgenas que lo habitan.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Implementaci\u00f3n del catastro multiprop\u00f3sito<\/h3>\n\n\n\n<p>En t\u00e9rminos generales, el proceso de consulta previa para la implementaci\u00f3n del catastro multiprop\u00f3sito permiti\u00f3 de manera exitosa que se acordara y protocolizara un instrumento normativo compuesto por 58 art\u00edculos que reglamentan la forma como se implementar\u00e1 el catastro multiprop\u00f3sito en los territorios colectivos de los resguardos ind\u00edgenas del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Hecho que se destaca como ejemplo de concertaci\u00f3n de una pol\u00edtica p\u00fablica que afecta a grupos \u00e9tnicos pero que respeta su autonom\u00eda, su autogobierno, y su derecho al territorio; adem\u00e1s, manifiesta un respeto por la diferencia y un reconocimiento por la diversidad del pa\u00eds, pues el catastro multiprop\u00f3sito en definitiva result\u00f3 ser una pol\u00edtica p\u00fablica que de ninguna manera se podr\u00eda implementar homog\u00e9neamente en todo el pa\u00eds, por la existencia de los territorios colectivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, se se\u00f1ala que lo m\u00e1s importante del instrumento normativo concertado es que cambia el paradigma institucional de que el IGAC es la \u00fanica instituci\u00f3n que realiza el inventario y control de predios en el pa\u00eds; ahora, de manera impl\u00edcita el instrumento normativo reconoce a los resguardos ind\u00edgenas como autoridades administrativas que han desarrollado funciones similares a las estatales en la gesti\u00f3n del catastro, capaz de apoyar a la entidad con funciones catastrales.<\/p>\n\n\n\n<p><sup>1<\/sup>Este porcentaje incluye a las comunidades negras y campesinas.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>periodico.unal.edu.co<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El protocolo multiprop\u00f3sito es un instrumento normativo que reconoce a los resguardos ind\u00edgenas como autoridades administrativas que han desarrollado funciones similares a las estatales en la gesti\u00f3n del catastro. 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