{"id":177116,"date":"2024-12-11T17:17:15","date_gmt":"2024-12-11T22:17:15","guid":{"rendered":"https:\/\/sportseco.com\/?p=177116"},"modified":"2024-12-11T17:17:19","modified_gmt":"2024-12-11T22:17:19","slug":"explotacion-petrolera-de-la-superintendencia-de-mares-crece-sin-control-sobre-humedales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sportseco.com\/?p=177116","title":{"rendered":"Explotaci\u00f3n petrolera de la Superintendencia de Mares crece sin control sobre humedales"},"content":{"rendered":"\n<p>La explotaci\u00f3n petrolera no se compadece de las ci\u00e9nagas de Barrancabermeja, mientras las autoridades ambientales prestan o\u00eddos sordos. Tal es el caso de los campos petroleros de la Superintendencia de Mares (SMA) en el Magdalena Medio santandereano, un territorio biodiverso con importantes ecosistemas de humedal y planicies f\u00e9rtiles, en donde inici\u00f3 la explotaci\u00f3n de hidrocarburos en el pa\u00eds, en 1915.<\/p>\n\n\n\n<p><em>9 de diciembre de 2024<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Observatorio de Conflictos Ambientales (OCA) | Universidad Nacional de Colombia (UNAL<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2024\/diciembre\/PeriodicoUNAL-081224-1-am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"Plataforma LL-80 construida sobre la planicie de inundaci\u00f3n de la quebrada El Llanito. Fuente: A. Beuf, Departamento de Geograf\u00eda UNAL (nov. 2021).\"\/>Plataforma LL-80 construida sobre la planicie de inundaci\u00f3n de la quebrada El Llanito. Fuente: A. Beuf, Departamento de Geograf\u00eda UNAL (nov. 2021).<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque la Constituci\u00f3n de 1991 supuso un gran avance para la protecci\u00f3n ambiental, esta tarea contin\u00faa relegada y subordinada a las actividades extractivas en los territorios, como puso de relieve la Sentencia del Consejo de Estado de 2022 sobre \u201cla ventanilla minera\u201d, en la que se reconoci\u00f3 que la miner\u00eda ha avanzado sobre \u00e1reas que han debido protegerse como los p\u00e1ramos, humedales, \u00e1reas de recarga acu\u00edfera, nacimientos de agua y&nbsp;<a href=\"https:\/\/conflictosambientales.unal.edu.co\/oca\/hitos\/viewHito\/254\">otros ecosistemas estrat\u00e9gicos<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Un ejemplo de ello ocurre en los hist\u00f3ricos campos de la SMA que tuvieron un declive a partir de la d\u00e9cada de 1980. En ese momento Barrancabermeja, en el coraz\u00f3n del complejo, inici\u00f3 el tr\u00e1nsito hacia otras econom\u00edas, reflejado en la formulaci\u00f3n del POT de 2000, en el cual se contemplaron proyectos de vivienda, protecci\u00f3n ambiental y desarrollo rural en algunos sectores abandonados, en los que adem\u00e1s se hab\u00edan reservado los bald\u00edos para procesos de reforma agraria.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo ello se detuvo en 2005 cuando Ecopetrol, en asocio con Occidental Petroleum Corporation (OXY), apost\u00f3 por resucitar la SMA reactivando la producci\u00f3n, ampliando la infraestructura petrolera e implementando nuevas tecnolog\u00edas, en un \u00e1rea de influencia de cerca de 170.000 hect\u00e1reas, especialmente en 4 municipios: Barrancabermeja, San Vicente de Cuchur\u00ed, El Carmen y Simacota.<\/p>\n\n\n\n<p>El regreso del proyecto petrolero removi\u00f3 las aguas que durante d\u00e9cadas acumularon da\u00f1os ambientales no compensados y deudas sociales, por lo que en 2006 las comunidades se movilizaron por la celebraci\u00f3n de una audiencia p\u00fablica ambiental. En 2007 el Ministerio de Ambiente estableci\u00f3 el plan de manejo de la SMA, por medio del cual se har\u00eda control y seguimiento, definiendo los usos y actividades permitidas en las distintas zonas que cubr\u00eda el proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2024\/diciembre\/PeriodicoUNAL-081224-2-am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"Figura 1. Localizaci\u00f3n del Plan de Manejo Ambiental Integral de Mares y sus bloques Centro, El Llanito y Lisama. Fuente: elaboraci\u00f3n propia a partir de Ecopetrol, 2023 y DANE, 2017.\"\/>Figura 1. Localizaci\u00f3n del Plan de Manejo Ambiental Integral de Mares y sus bloques Centro, El Llanito y Lisama. Fuente: elaboraci\u00f3n propia a partir de Ecopetrol, 2023 y DANE, 2017.<\/p>\n\n\n\n<p>Era la oportunidad perfecta para \u201cponer en orden la casa\u201d y salvaguardar por fin los ecosistemas, pero lamentablemente no ha sido as\u00ed. A las dificultades propias de una institucionalidad ambiental d\u00e9bil a cargo de un proyecto de tal magnitud, se sum\u00f3 una reglamentaci\u00f3n que contin\u00faa favoreciendo a las empresas petroleras.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer elemento de esta ecuaci\u00f3n lo constituye el \u201cr\u00e9gimen de transici\u00f3n\u201d, en el marco del Decreto 500 de 2006 (actualmente derogado) expedido por el gobierno de \u00c1lvaro Uribe, por medio del cual se permiti\u00f3 que los proyectos extractivos que contaran con autorizaciones ambientales hasta 1993 siguieran operando sin verse obligados a someterse al nuevo licenciamiento ambiental \u2013el cual regir\u00eda solo para las nuevas locaciones\u2013, benefici\u00e1ndose as\u00ed con una norma ambiental desactualizada y m\u00e1s permisiva.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed se cobij\u00f3 una buena parte de la infraestructura de la SMA en desmedro de la protecci\u00f3n de los ecosistemas, pues los incidentes operacionales producidos por roturas de tuber\u00eda, falta de mantenimiento o sistemas caducos no son menores, siendo uno de los m\u00e1s recordados el derrame ocasionado por el pozo Lisama-158 en 2018.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre 2007 y 2020 los pozos de la SMA pasaron de 2.176 a 4.094, hecho que se reflej\u00f3 en un incremento de la producci\u00f3n que en 2018 alcanz\u00f3 los 52.000 barriles diarios, y por supuesto en un aumento de las quejas y afectaciones ambientales, como dan fe las 1.523 contingencias ocurridas entre 2012 y 2022 en la SMA, de las cuales el 86,61% tuvo un origen tecnol\u00f3gico\/operacional seg\u00fan refiere la misma Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) en su Resoluci\u00f3n 2528 de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2024\/diciembre\/PeriodicoUNAL-081224-3-am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"Figura 2. Localizaci\u00f3n de 643 incidentes operacionales en la SMA entre 2018 y 2022, seg\u00fan Ecopetrol. Fuente: OCA, 2024.\"\/>Figura 2. Localizaci\u00f3n de 643 incidentes operacionales en la SMA entre 2018 y 2022, seg\u00fan Ecopetrol. Fuente: OCA, 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las dificultades del manejo ambiental en la SMA ha sido la coordinaci\u00f3n institucional. En el proyecto convergen autoridades de los distintos \u00f3rdenes como el Ministerio de Ambiente, la ANLA y la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional de Santander (CAS), siendo esta \u00faltima la encargada de tramitar los permisos de uso y aprovechamiento de recursos naturales en el \u00e1rea del proyecto. A lo anterior se suma la diversidad de instrumentos como los POT municipales, el POMCA del r\u00edo Sogamoso y el Plan de Manejo de la SMA, por mencionar los m\u00e1s relevantes.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">La Superintendencia de Mares se expande sobre humedales y ci\u00e9nagas<\/h3>\n\n\n\n<p>El Observatorio de Conflictos Ambientales puso la lupa en una de las denuncias presentadas en la audiencia p\u00fablica de 2022, seg\u00fan la cual Ecopetrol contin\u00faa expandiendo su operaci\u00f3n sobre las ci\u00e9nagas, pese a los instrumentos de manejo ambiental que se establecieron desde 2007.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde 2008 fue evidente el tire y afloje entre Ecopetrol y el Ministerio de Ambiente sobre las \u00e1reas de exclusi\u00f3n de la actividad petrolera, cuando el Ministerio solicit\u00f3 que la ronda de protecci\u00f3n de los lechos estacionales se redujera de 100 a 30m, ya que, seg\u00fan la Resoluci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>La zona donde se encuentra la explotaci\u00f3n petrolera de la Superintendencia de Mares es preponderantemente de bajos, y en \u00e9poca de invierno gran parte del \u00e1rea se convierte en r\u00edos o quebradas, [con lo que se restringir\u00eda] en un alto grado el desarrollo de los diferentes campos y las actividades que se quieren realizar en cada uno de ellos. (<a href=\"https:\/\/conflictosambientales.unal.edu.co\/oca\/media_references\/viewReference\/4385\">MAVDT, R. 796\/2008, p. 5<\/a>)<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2024\/diciembre\/PeriodicoUNAL-081224-4-am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"Figura 3. El Llanito y las locaciones LL-79A y LL-80. Fuente: elaboraci\u00f3n propia a partir de Imagen satelital Bing, 2023 y ANLA, 2022.\"\/>Figura 3. El Llanito y las locaciones LL-79A y LL-80. Fuente: elaboraci\u00f3n propia a partir de Imagen satelital Bing, 2023 y ANLA, 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio no cedi\u00f3 por considerar que la CAS a\u00fan no hab\u00eda delimitado la franja de exclusi\u00f3n de los humedales mediante un acto administrativo, ni se hab\u00edan adelantado los estudios necesarios para ello. Sin embargo, desde 2006 la CAS y la Corporaci\u00f3n Nacional de Investigaci\u00f3n y Fomento Forestal (Conif) hab\u00edan publicado el Plan de Manejo de los Humedales del Magdalena Medio Santandereano seg\u00fan con los lineamientos t\u00e9cnicos expedidos por el Ministerio ese mismo a\u00f1o, en el cual se identificaron 16 complejos o sistemas de humedal, con cerca de 69 cuerpos de agua (entre ci\u00e9nagas y lagunas) en 7 municipios del occidente santandereano, y se estableci\u00f3 una zonificaci\u00f3n de usos.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante el alegado desconocimiento del Ministerio, la CAS permaneci\u00f3 muda sin dar respuesta sobre el acto administrativo requerido. Peor a\u00fan: desde 2007 el Ministerio de Ambiente navegaba a ciegas, pues no contaba con mapas que indicaran en d\u00f3nde se pod\u00eda intervenir y en d\u00f3nde no, ni ten\u00eda idea precisa de la localizaci\u00f3n de la infraestructura antigua, por lo cual depend\u00eda de la informaci\u00f3n que le suministrara Ecopetrol.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2013, en una nueva modificaci\u00f3n del plan de manejo de la SMA (que hab\u00eda pasado a manos de la ANLA), se precis\u00f3 que la zona de exclusi\u00f3n de las actividades petroleras (en donde no pod\u00eda desarrollarse dicha actividad) abarcaba 100m a partir de la cota m\u00e1xima de inundaci\u00f3n de ci\u00e9nagas y drenajes principales, y 30m a partir de la cota m\u00e1xima de inundaci\u00f3n de drenajes sencillos. En 2016 se agregaron expresamente los humedales a dicha zona de exclusi\u00f3n, pero aquello continu\u00f3 sin surtir efecto ya que el acto administrativo requerido reiterativamente a la CAS segu\u00eda sin presentarse.<\/p>\n\n\n\n<p>En la audiencia p\u00fablica de 2022 reson\u00f3 con fuerza la denuncia sobre la invasi\u00f3n de la ronda h\u00eddrica en la ci\u00e9naga El Llanito por las locaciones LL-79A y LL-80, donde fue evidente que dichas obras se construyeron en zona de humedal, sobre la llanura de inundaci\u00f3n de la quebrada El Llanito, como ya lo indicaba el Plan de Manejo de la CAS de 2006 (<a href=\"https:\/\/sansilvestregreen.com\/borrador-automaticopozo-80-y-pozo-79a-extraccion-de-petroleo-sobre-humedales\/\">CSG, 2022<\/a>;&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.infobae.com\/america\/colombia\/2022\/09\/04\/barrancabermeja-denuncian-a-ecopetrol-por-presuntos-delitos-ambientales\/\">Gamboa y Giraldo, 2022<\/a>). La ANLA abri\u00f3 una investigaci\u00f3n cuya conclusi\u00f3n tendi\u00f3 a favorecer los intereses de la empresa en vez de la protecci\u00f3n de los humedales y de la ronda h\u00eddrica, pues la llanura inundable y la cota m\u00e1xima de inundaci\u00f3n fueron omitidas como zona de exclusi\u00f3n para la actividad petrolera (ver&nbsp;<a href=\"https:\/\/conflictosambientales.unal.edu.co\/oca\/env_problems\/viewEnvProblem\/50\">An\u00e1lisis OCA<\/a>).<\/p>\n\n\n\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/periodico.unal.edu.co\/uploads\/2024\/diciembre\/PeriodicoUNAL-081224-5-am.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"Figura 4. Esquema de la ronda h\u00eddrica de la quebrada El Llanito y las locaciones LL-79A y LL-80. Fuente: elaboraci\u00f3n propia con base en MADS, 2018.\"\/>Figura 4. Esquema de la ronda h\u00eddrica de la quebrada El Llanito y las locaciones LL-79A y LL-80. Fuente: elaboraci\u00f3n propia con base en MADS, 2018.<\/p>\n\n\n\n<p>No es un caso aislado, pues seg\u00fan la zonificaci\u00f3n de manejo ambiental de 2022 allegada por Ecopetrol, 78 plataformas de un total de 98 del bloque Llanito se encuentran simult\u00e1neamente en \u00e1rea de exclusi\u00f3n y en zona de intervenci\u00f3n con restricciones. Ello da cuenta del l\u00edo que sigue siendo para la ANLA velar por el cumplimiento del plan de manejo de la SMA, teniendo que recurrir a Ecopetrol en cada caso para validar la localizaci\u00f3n y los permisos de la infraestructura petrolera, como da fe el Auto 5978 de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero la puja a\u00fan no termina, pues a medida que se publica nueva informaci\u00f3n oficial, y bajo el silencio de las autoridades ambientales, surge nueva evidencia sobre la expansi\u00f3n de la operaci\u00f3n petrolera sobre los humedales de la regi\u00f3n. As\u00ed, en 2022 Ecopetrol le solicit\u00f3 a la ANLA no tener en cuenta los humedales temporales y potenciales de la SMA como zona de exclusi\u00f3n de la actividad, alegando problemas metodol\u00f3gicos y de precisi\u00f3n en la informaci\u00f3n reciente aportada por el Ministerio de Ambiente y la CAS.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto la ANLA, en vez de apelar al principio de precauci\u00f3n mientras se resuelven las objeciones, ha optado por condicionar un eventual ajuste del plan de manejo de la SMA a la revisi\u00f3n de la informaci\u00f3n por parte de las entidades involucradas, y a la elaboraci\u00f3n de su plan de manejo correspondiente: un plan de manejo como el de 2006, cuyo acto administrativo permanece en el misterio (ANLA R. 1653\/2022).<\/p>\n\n\n\n<p>Como lo explica la profesora&nbsp;<a href=\"https:\/\/doi.org\/10.15446\/bitacora.v33n3.109442\">Alice Beuf (2023)<\/a>, del Departamento de Geograf\u00eda de la UNAL: \u201cen Barrancabermeja el poder empresarial ha preexistido al poder pol\u00edtico, y el plan de manejo de la SMA se ha vuelto un instrumento de legalizaci\u00f3n de la expansi\u00f3n petrolera, antes que una norma para garantizar la preservaci\u00f3n del ambiente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En febrero de este a\u00f1o el presidente Gustavo Petro propuso que el Magdalena Medio deje de ser una zona de sacrificio ambiental para convertirse en el \u201ccentro de las energ\u00edas limpias en Colombia\u201d. Y seg\u00fan la ANLA, el plazo para que Ecopetrol restaure los sitios contaminados por la operaci\u00f3n de la SMA se fij\u00f3 entre 2022 y 2027. Entretanto, las comunidades organizadas seguir\u00e1n velando por la protecci\u00f3n de las ci\u00e9nagas y exigiendo el cumplimiento de la norma ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>periodico.unal.edu.co<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><\/h3>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La explotaci\u00f3n petrolera no se compadece de las ci\u00e9nagas de Barrancabermeja, mientras las autoridades ambientales prestan o\u00eddos sordos. 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