Después de 60 años de haberse promulgado los Derechos del consumidor, todavía existe una profunda asimetría entre este y el productor, que limita el derecho a la información.

Esta semana se conmemoró el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, creado en 1983 por Naciones Unidas para proteger a los consumidores, reivindicando, reconociendo y legitimando sus derechos en el ámbito internacional. 

La celebración tiene su origen en el decreto firmado por John Fitzgerald Kennedy el 15 de marzo de 1962, permitiendo que todos los consumidores disfrutaran de sus derechos, sin distinción de ninguna clase.

En un discurso señaló: todos somos consumidores. Es el mayor grupo económico que se ve afectado y afecta casi todas las decisiones económicas públicas y privadas. Sin embargo, es el único grupo importante cuyas opiniones no se escuchan lo suficiente.

Durante la última emisión de Análisis UNAL, programa de Radio UNAL (98.5 FM) dedicado a este tema, el jurista colombiano José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional y presidente del Consejo Académico de la Confederación Colombiana de Consumidores, afirmó que “la garantía de los derechos del consumidor es propia de nuestro Estado social de derecho y tiene rango constitucional”. 

El Estatuto del Consumidor está conformado por 12 puntos, entre los que se encuentran los derechos a obtener productos con calidad e idoneidad, además de información veraz, suficiente, precisa, oportuna e idónea respecto de los productos o servicios que se ofrezcan o se pongan en circulación; o acudir directamente al productor, proveedor o prestador de un servicio y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como a obtener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito.

Nicolás Parra Castro y Diana Carolina Vivas, del Área Jurídica de la organización Educar Consumidores, consideran que “los derechos de los consumidores tienen bastantes vulnerabilidades, especialmente en lo que tiene que ver con la salud humana y ambiental”.

Según el profesor Daniel Libreros, de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), el control corporativo a la información limita el derecho a la opinión. 

En ese sentido, señaló que “en el derecho al usuario en el contexto de la globalización y de la mercantilización globalizada es importante que las asociaciones de consumidores y los ciudadanos en general reclamen un derecho a la información igualitaria que no tenga el sesgo privatizador que tiene el poder de controlar la información”.

El experto explica que “los derechos del consumidor pertenecen al derecho privado, pues lo que antes eran derechos en el Estado de bienestar, ahora son servicios”.

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