El papel de la conmemoración y la memoria en la prevención del genocidio
Cada 9 de diciembre, la Oficina del Asesor Especial para la Prevención del Genocidio celebra la aprobación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, un compromiso mundial crucial que se contrajo al fundarse las Naciones Unidas, inmediatamente anterior a la Declaración Universal de Derechos Humanos. Desde 2015, aprobado en la Resolución A/RES/69/323 de la Asamblea General, ese día también se convirtió en el Día Internacional de Conmemoración y Dignidad de las Víctimas del Delito de Genocidio y de la Prevención de este Delito.
Este año la celebración coincide con dos conmemoraciones históricas. En abril de 2024, se cumplen 30 años del genocidio de tutsis en Rwanda en 1994. En julio de 2025, Bosnia y Herzegovina conmemorará los 30 años del genocidio de Srebrenica en 1995. Así pues, las celebraciones servirán para honrar y recordar a las víctimas y los supervivientes del genocidio, pero además, pondrán de manifiesto una vez más la necesidad de este tipo de recordatorios y celebraciones como mecanismos eficaces para la prevención de posibles futuros genocidios.
Las iniciativas de conmemoración y recuerdo están estrechamente vinculadas a las dos obligaciones establecidas por la Convención sobre el Genocidio: la prevención y el castigo del delito de genocidio. Promover el esclarecimiento de la verdad y la cicatrización de las heridas, fomentar una cultura de educación para la paz, la cohesión social y el respeto de la diversidad, dejar constancia del pasado y recoger testimonios de víctimas y supervivientes, crear y mantener archivos, y contribuir a reducir los casos de negación del genocidio y de glorificación de los criminales de guerra, son actuaciones que contribuyen significativamente al cumplimiento de estas dos obligaciones fundamentales.
La necesidad de invertir en la prevención del genocidio, tal y como previeron los redactores de la Convención sobre el Genocidio hace 76 años, sigue siendo más relevante que nunca.
Evento 2024
9 de diciembre de 2024, de las 11 a las 13 horas (hora de Nueva York)
La reunión de alto nivel se celebrará de manera presencial en la Sede de la ONU en Nueva York, en el Salón del Consejo de Administración Fiduciaria. Asimismo, se retransmitirá en directo por la televisión de la ONU, UN Web TV. Incluirá un discurso de apertura, seguido de una mesa redonda y declaraciones de grupos regionales de Estados Miembros. El evento está abierto a los Estados Miembros, el personal de la ONU, la sociedad civil, los medios de comunicación y el público. Si desea participar, confirme su asistencia. Puedes seguir e evento en UN WebTV y dispones de más información en la invitación al evento.
El Día Internacional
Mediante su resolución 69/323 del 29 de septiembre de 2015, la Asamblea General de la ONU estableció el 9 de diciembre como el Día Internacional de Conmemoración y Dignidad de las Víctimas del Crimen de Genocidio y de la Prevención de este Crimen. Este año además de celebrar el día, se conmemora el 74º aniversario de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948 (la «Convención sobre el Genocidio»), el primer tratado de derechos humanos aprobado por la Asamblea General.
La Convención supone el compromiso de la comunidad internacional del «nunca más» ante este tipo de crímenes y proporciona la primera definición jurídica internacional de «genocidio», ampliamente adoptada a nivel nacional e internacional. También establece el deber de los Estados Partes de prevenir y castigar el delito de genocidio. Cada año, la Oficina de las Naciones Unidas para la Prevención del Genocidio y la Responsabilidad de Proteger organiza actos para conmemorar este Día Internacional, en honor a las víctimas del genocidio y al aniversario de la Convención.
Genocidio, un crimen perseguido por el derecho internacional
Genocidio es «cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
- Matanza de miembros del grupo;
- Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
- Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
- Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
- Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.»
Así lo establece el artículo 2 de la Convención contra el Genocidio, que lo tipifica como delito de derecho internacional, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra. Aquellos países miembros de la convención se comprometen a prevenirlo y sancionarlo; y la responsabilidad principal tanto para evitarlo como para detenerlo recae en el Estado.
Prevención
Para poder prevenir el genocidio, es de importancia crucial entender sus causas fundamentales. Los conflictos pueden surgir por múltiples motivos, pero los conflictos genocidas responden a factores relacionados con la identidad y tienden a ocurrir en sociedades con diversos grupos nacionales, raciales, étnicos o religiosos. Lo que genera el conflicto no son las propias diferencias de identidad, reales o percibidas, sino sus consecuencias en cuanto al acceso al poder y a la riqueza, a los servicios y recursos, al empleo, a las oportunidades de desarrollo, a la ciudadanía y al disfrute de los derechos y libertades fundamentales. Esos conflictos son fomentados por la discriminación, los discursos de incitación al odio que promueven la violencia y otras violaciones de los derechos humanos.
Exposición: Historias de supervivencia y de recuerdo a las víctimas
Una llamada a la acción para prevenir el genocidio
Los objetos de esta exposición reflejan la vida de los fueron sus antiguos propietarios y el impacto de la guerra, el trauma, el desplazamiento y el exilio en las vidas de estas personas. Estos objetos han sobrevivido al Holocausto, el genocidio y otros crímenes atroces en Camboya, Srebrenica y Rwanda.
Es fundamental, además, determinar los factores (prácticas discriminatorias) que en cada situación concreta generan o propician desigualdades importantes en la administración de una población diversa. Tras la identificación de esos factores, se deben buscar maneras de reducir esas prácticas y, si es posible, erradicarlas. Puesto que no hay ningún país que sea totalmente homogéneo, el genocidio constituye una amenaza de alcance realmente mundial.
La responsabilidad de proteger
En la Cumbre Mundial celebrada en 2005 para tratar asuntos de desarrollo, seguridad y derechos humanos, los Jefes de Estado y de Gobierno afirmaron unánimemente que «cada Estado es responsable de proteger a su población del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad». También acordaron que, cuando procediera, la comunidad internacional debería ayudar a los Estados a ejercer su responsabilidad y a crear la capacidad de proteger a las poblaciones en riesgo antes de que estallaran las crisis y los conflictos. Además, los líderes mundiales dedicieron que «cuando fuera evidente» que un Estado no protegía a su población de los cuatro crímenes mencionados, la comunidad internacional adoptaría medidas colectivas, por conducto del Consejo de Seguridad y de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. Esta intervención solo ocurriría cuando fallara la prevención. Por lo tanto, la prevención es la base del principio de la responsabilidad de proteger.
Los tres pilares de la responsabilidad de proteger están estipulados en el Documento Final de la Cumbre y formulados en el informe del Secretario General de 2009 titulado «Hacer efectiva la responsabilidad de proteger». El compromiso político adquirido por los Estados Miembros en 2005 está profundamente arraigado en el derecho internacional, incluida la Convención sobre el Genocidio.
Asesores Especiales para la Prevención del Genocidio y para la Responsabilidad de Proteger
Los Asesores Especiales del Secretario General de las Naciones Unidas para la Prevención del Genocidio y para la Responsabilidad de Proteger trabajan juntos para impulsar esfuerzos nacionales e internacionales de protección de las poblaciones frente al genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, así como la incitación a su comisión. Una de sus principales tareas es la de recopilar información sobre las situaciones en las que pudiera existir riesgo de genocidio, crímenes de guerra, depuración étnica o crímenes de lesa humanidad con base en los factores de riesgo descritos en el Marco de Análisis para Crímenes Atroces. Debido a la naturaleza sensible de su mandato, gran parte de la labor de la Oficina se mantiene fuera de la luz pública. Sin embargo, en situaciones específicas, cuando los asesores especiales consideran que haciendo públicas sus preocupaciones se puede reducir el riesgo de estos crímenes atroces, pueden emitir declaraciones públicas e informar al Consejo de Seguridad a petición de este.