El 12 de diciembre de 2015, los países parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) adoptaron el Acuerdo de París.

Para la entrada en vigor de este nuevo acuerdo internacional son necesarias una serie de acciones y pasos. A continuación se describen esas etapas así como cuáles son los siguientes pasos en lo relativo a los numerosos planes climáticos nacionales y su relación con el acuerdo.

Además, la secretaría de la CMNUCC ha preparado una versión legal explicando esos próximos pasos. La nota está disponible para lectores que requieran esta importante información de forma detallada y con la terminología formal relativa a este gran acuerdo internacional.

El texto del Acuerdo de París anexo a la decisión por la que se adoptó de manera oficial el acuerdo en la conferencia sobre cambio climático de Naciones Unidas (COP 21), está disponible en los seis idiomas oficiales de la ONU.

En los próximos días se publicará tanto en la página web de la CMNUCC como en el portal de noticias la versión en inglés del informe de la COP 21. A finales de febrero, el informe estará disponible en los otros idiomas.

Entrada en vigor

El Acuerdo entrará en vigor 30 días después de la fecha en la que al menos 55 Partes de la Convención que sumen al menos el 55% del total de las emisiones de gases de efecto invernadero hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. El Secretario General de Naciones Unidas actuará como Depositario del Acuerdo.

En este sentido, la secretaría de la CMNUCC ha puesto a disposición información actualizada sobre el porcentaje de emisiones de gases de efecto invernadero comunicadas por las Partes a la Convención a fecha de la adopción del Acuerdo.

Próximos pasos

Tan pronto como esté disponible, el texto original del Acuerdo de París en árabe, chino, inglés, francés, ruso y español será transmitido por la Secretaria Ejecutiva de la CMNUCC a la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Legales de Naciones Unidas en Nueva York.

Seguidamente, se enviarán copias certificadas conformes a todas las Partes de la Convención y el 22 de abril de 2016 el Acuerdo de París será puesto a disposición para ser firmado. Será en la sede de Naciones Unidas en Nueva York y estará abierto para firma hasta el 21 de abril de 2017.

El 22 de abril de 2016 el Secretario General de la ONU organiza una ceremonia de firma de alto nivel. El Secretario General invita a todas las Partes de la Convención a que firmen el Acuerdo en esa ceremonia o lo antes que les sea posible después de la misma.

Planes climáticos nacionales

Entre tanto, el Acuerdo incluye un cambio de estatus de los planes climáticos previstos nacionales que casi todos los países enviaron a Naciones Unidas antes de la conferencia de París. Las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional (INCD, por sus siglas en inglés) detallan la contribución prevista por cada país para reducir las emisiones globales. Estas contribuciones previstas determinadas a nivel nacional van a pasar a ser contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC, por sus siglas en inglés).

Las Partes del Acuerdo deben comunicar sus primeras contribuciones determinadas a nivel nacional antes de depositar sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

Si un país ya presentó su contribución INDC (contribución prevista determinada a nivel nacional) antes de sumarse al Acuerdo, entonces esa contribución INDC será considerada como su primera NDC (contribución determinada a nivel nacional), a no ser que se indique lo contrario.

Además, un país tiene la oportunidad de presentar una contribución determinada a nivel nacional más ambiciosa antes o en el momento de depositar su respectivo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.