El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de la Resolución 1486 del 3 de agosto de 2018, estableció el formato único para el reporte de las contingencias para proyectos no licenciados.
Esto quiere decir que a través de dicho documento se reportarán las contingencias ambientales, por lo que debe ser aplicado por todas las personas naturales o jurídicas y autoridades ambientales que en el desarrollo de actividades no sujetas a licenciamiento presenten algún evento que ponga en riesgo los recursos naturales.
“La experiencia nos demuestra que es necesario que las personas, organizaciones y empresas informen de manera oportuna y rigurosa sobre las emergencias ambientales derivadas de las actividades que no tengan licencia. Para eso ponemos a disposición este formato único, el cual se encuentra en la ventanilla Vital”, explicó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Luis Gilberto Murillo Urrutia.
Como se explica en la resolución, las personas jurídicas o naturales que en sus obras, actividades o proyectos tengan una contingencia ambiental, deberán diligenciar y remitir dicho formato único de reporte a las autoridades ambientales competentes dentro de las siguientes 24 horas de la ocurrencia de la emergencia. Cabe anotar que todo esto se debe realizar a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (Vital).
Además de lo anterior, dentro de los siguientes 7 días calendario se deberá diligenciar el formato único en lo concerniente a los avances parciales de atención de la contingencia y se deberá remitir a la autoridad ambiental un reporte final en los siguientes 30 días después de culminar las labores de atención del evento.