La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha adoptado una serie de decisiones en aplicación del nuevo marco para los clubes deudores que infrinjan el art. 64 del Código Disciplinario de la FIFA.
Todos los clubes involucrados fueron hallados culpables de incumplir decisiones tomadas en primera instancia por un órgano de la FIFA o decisiones posteriores del TAS que ordenaban el pago de deudas de importe significativo a sus jugadores.
A consecuencia de ello, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ha impuesto las siguientes sanciones:
- Al club Qatar Sports Club (Catar), una multa de 30 000 CHF y un plazo perentorio de 90 días para pagar las cantidades adeudadas. De no cumplir sus obligaciones en el plazo previsto, al club podrían imponérsele, de manera automática, una deducción de seis puntos y la prohibición de inscribir jugadores durante cuatro periodos completos consecutivos.
- Al club Shabab Al Ahli Dubai Club (Emiratos Árabes Unidos), una multa de 30 000 CHF y un plazo perentorio de 90 días para pagar las cantidades adeudadas. De no cumplir sus obligaciones en el plazo previsto, al club podrían imponérsele, de manera automática, una deducción de seis puntos y la prohibición de inscribir jugadores durante dos periodos completos consecutivos.
- Al club Al-Shamal Sports Club (Catar), una multa de 15 000 CHF y un plazo perentorio de 30 días para pagar las cantidades adeudadas. De no cumplir sus obligaciones en el plazo previsto, al club podrían imponérsele, de manera automática, una deducción de seis puntos y la prohibición de inscribir jugadores durante un periodo.
- Al club Saba Qom Football Club (RI de Irán), una multa de 10 000 CHF y un plazo perentorio de 30 días para pagar las cantidades adeudadas. De no cumplir sus obligaciones en el plazo previsto, al club podrían imponérsele, de manera automática, una deducción de seis puntos y la prohibición de inscribir jugadores durante un periodo.
De conformidad con la circular n.º 1628 y al objeto de garantizar la observancia inmediata de los fallos pronunciados por órganos de la FIFA, si los deudores no saldan las cantidades adeudadas dentro del último plazo concedido, la federación correspondiente deberá deducir automáticamente los puntos y/o prohibir la inscripción de nuevos jugadores.
Si una federación miembro no implementa automáticamente dichas sanciones en el ámbito nacional y no demuestra ante la secretaría de la Comisión Disciplinaria de la FIFA la implantación de la deducción de puntos o la prohibición de inscribir jugadores, cabría iniciar un procedimiento disciplinario contra la federación miembro implicada que podría tener como consecuencia su expulsión de todas las competiciones de la FIFA.
Además de las decisiones anteriores sobre deudas vencidas, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ha sancionado al club español Atlético de Madrid con una multa de 52 500 CHF y una advertencia por violación del art. 18 bis y del anexo 3 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (edición de 2014).
La comisión halló al club responsable de haber firmado un contrato que permitía a terceros injerir en la independencia del club en cuestiones relacionadas con la contratación y los traspasos, así como de haber declarado información incorrecta en el sistema de correlación de transferencias internacionales (ITMS).