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Así pues, la OMM quiere que la 23ª Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR 23), organizada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) del 20 de noviembre al 15 de diciembre en Dubái, establezca salvaguardias para las bandas de radiofrecuencias esenciales. En esta reunión la Conferencia actualizará el Reglamento de Radiocomunicaciones, el tratado mundial por el que se rige el espectro radioeléctrico y las órbitas de los satélites.

«El acceso al espectro radioeléctrico es indispensable para la infraestructura meteorológica e hidrológica en la que se basan los servicios meteorológicos y ambientales conexos de todo el mundo. Tanto los satélites como los radares meteorológicos, las radiosondas, los sistemas de observación hidrológica y las boyas a la deriva transmiten sus datos por radio o por microondas», afirma el Secretario General de la OMM, profesor Petteri Taalas.

«La seguridad de las personas y los bienes depende de los pronósticos meteorológicos y ambientales, porque cuando se avisa con antelación de episodios adversos, la ciudadanía, las autoridades civiles y los equipos de respuesta inicial pueden tomar medidas.

Solo si colaboramos todos unidos —las comunidades meteorológica y de radiocomunicaciones a nivel mundial— podremos mantener y mejorar nuestra capacidad futura en materia de observación de la Tierra y los servicios vitales que dependen de ella», declaró el profesor Taalas a la revista Actualidades de la UIT.

La OMM y la UIT colaboran desde hace tiempo en lo relativo a los datos meteorológicos y las tecnologías digitales. Ambas organizaciones cooperan en el marco de la iniciativa Alertas Tempranas para Todos, impulsada por el Secretario General de las Naciones Unidas, señor António Guterres, para velar por que todos los habitantes de la Tierra estén protegidos de los peligros y desastres climáticos mediante alertas que salven vidas antes de finales de 2027.

Por ello, la OMM hace un llamamiento a los miembros de la UIT para que en la CMR 23 atiendan los requisitos de la comunidad meteorológica respecto de las atribuciones de las frecuencias radioeléctricas y las disposiciones reglamentarias.

En concreto, es esencial aplicar plenamente el artículo nº 5.340 del Reglamento de Radiocomunicaciones, que prohíbe todas las emisiones radioeléctricas en las bandas de frecuencias especificadas entre 1 400 megahercios (MHz) y 252 gigahercios (GHz). Las operaciones y las investigaciones meteorológicas, hidrológicas y climáticas dependen de la ausencia de emisiones en esas bandas.

Desde la perspectiva meteorológica y de monitoreo del clima, las cuestiones más importantes guardan relación con la medición de la temperatura de la superficie del mar y las observaciones del tiempo espacial. 

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