El Gobierno nacional tomó 5 medidas por el fenómeno de El Niño, entre ellas prevenir y atender los incendios forestales, y abastecer y ahorrar el agua. Aunque el Consejo de Estado suspendió provisionalmente 2 normas del decreto, incluir la participación de la ciudadanía es una tarea pendiente.
En aplicación del principio de precaución y de la responsabilidad de proteger a la población, el Estado está obligado a intervenir anticipadamente los daños por desastres previsibles. Foto: archivo, Unimedios.
Se prevé que en Colombia el próximo fenómeno de El Niño tendrá una severidad de alto impacto, ocasionando un periodo de sequías en la mayor parte de territorio colombiano y aumentando las precipitaciones y lluvias en unas pocas regiones.
Dentro de las regiones en las que se prevé la sequía están los valles interandinos, las mesetas nariñense y cundiboyacense, la cuenca del Orinoco colombiano y la costa norte del país. Por su parte, se pronostica que las lluvias aumentarán en los piedemontes llanero y amazónico, en poblaciones como Restrepo, Acacías y Cubarral (Meta), Florencia (Caquetá), y Mocoa y el Valle de Sibundoy (Putumayo).
Mediante el Decreto 0802 del 23 de julio de 2026, el Gobierno nacional tomó 5 medidas para afrontar el fenómeno de El Niño en el país: (i) abastecimiento, uso eficiente y ahorro del agua, (ii) alimentación y seguridad alimentaria, (iii) transición energética y autogeneración en población vulnerable, (iv) salud pública, y (v) prevención y atención de incendios forestales y protección ambiental.
El ingeniero geólogo Javier Pava Sánchez, director general encargado de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), explicó en el programa Análisis UNAL, de Radio UNAL, la decisión, inédita, de declarar mediante decreto un desastre que aún no ha sucedido.
Según el Gobierno nacional y su vocero Pava, esta acción preventiva habilita la posibilidad de hacer traslados presupuestales para atender la emergencia desde entidades que no hayan ejecutado recursos, o en las cuales estos no estén priorizados.
El Decreto 0802 del 23 de julio de 2026, “Por el cual se declara una Situación de Desastre de Carácter Nacional”, rige por un periodo de 12 meses y faculta al Ministerio de Hacienda para realizar los traslados presupuestales necesarios que permitan financiar las medidas contempladas en el Plan de Acción Específico (PAE) para la recuperación después de desastres.
Por su parte, el politólogo David Núñez Amórtegui, invitado al programa, se refirió a la posibilidad que tiene la ciudadanía de incidir en el cambio climático, exigiendo y contribuyendo a la solución de los problemas y participando activamente en la distribución de las cargas de los impactos inevitables de fenómenos como el de El Niño en Colombia.
El PAE incluye las 5 medidas adoptadas por el Gobierno nacional para enfrentar el fenómeno de El Niño, las cuales se relacionan con el agua, la seguridad alimentaria, la transición energética, la salud pública y la prevención y atención de incendios forestales.
Escuche aquí el programa completo de Radio UNAL.
En la tarde del 29 de julio de 2026, el Consejo de Estado comunicó la suspensión provisional de 2 normas del Decreto 802 del 23 de julio de 2026, que regulan las condiciones para trasladar recursos a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en el marco de la declaratoria de desastre nacional por el Fenómeno de El Niño.
La alta corte concedió una medida cautelar de urgencia que suspende el parágrafo del artículo 4 y el inciso 2 del artículo 5 del decreto.
Según el Consejo de Estado, el Gobierno invadió una competencia exclusiva del legislador ya que esas disposiciones no se limitaron a regular la ejecución de recursos ya aprobados por la ley, sino que habilitaron al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para modificar la distribución de las apropiaciones fijadas por el Congreso en la Ley Anual de Presupuesto de 2026 mediante traslados indeterminados.
Adicionalmente, advirtió que el decreto autoriza a la UNGRD a ejecutar los rubros sin adelantar licitaciones, permitiendo negociaciones directas en los precios, razones por las cuales decretó la suspensión provisional de los apartes demandados.
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