• El 45% del territorio nacional corresponde a aguas marinas.
• Durante el proceso de formulación, la norma contó con la participación de las autoridades ambientales y empresas de diversos sectores.
Bogotá, D.C. (MADS). Con el propósito de controlar las sustancias contaminantes que se descargan en aguas marinas, evitando la afectación de la calidad ambiental y propendiendo por la protección de los ecosistemas presentes en los espacios marinos y costeros, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección de Asuntos Marinos Costeros y Recursos Acuáticos, formula la norma de vertimientos puntuales a aguas marinas, la cual se encuentra en el proceso de expedición para el primer semestre del 2018.
Al respecto Andrea Ramírez Martínez, directora de Asuntos Marinos Costeros y Recursos Acuáticos, manifiesta que “desde Minambiente se ha identificado la necesidad de avanzar hacia la reglamentación de aspectos requeridos para proteger la calidad de las aguas marinas, las cuales se ven afectadas, entre otros factores, por el vertimiento de aguas residuales, tanto domésticas, como no domésticas; lo anterior en desarrollo de las estrategias de prevención y control de la contaminación del medio marino”.
La norma define los límites máximos de los vertimientos que pueden ser descargados por usuarios de las actividades industriales y de servicios de cualquiera de los diferentes sectores productivos al mar. Además, establece los usuarios a quienes les aplica esta norma, así mismo, se constituye en un instrumento de control de los vertimientos a los cuerpos de agua marinas, para prevenir y mitigar la contaminación y mejorar la calidad de los ambientes marino-costeros.
Según datos del Invemar la problemática de la contaminación marina y su marcada influencia en la salud de los ecosistemas costeros, está estrechamente relacionada con el aumento creciente de las poblaciones que habitan las zonas costeras y con el incremento de las actividades domésticas, agrícolas e industriales que, por el inadecuado control de los desechos sólidos y líquidos, afectan el medio marino con significativas implicaciones a nivel ecológico, socioeconómico y de salubridad.
La norma complementa la reglamentación vigente para el control de la contaminación hídrica establecida en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible (Decreto 1076 de 2015) y contó, durante el proceso de formulación, con la participación de las autoridades ambientales y de las empresas de los sectores de prestación de servicio público de alcantarillado, actividades industriales, comerciales o de servicios generadoras de aguas residuales domésticas; agroindustria, ganadería y acuicultura; hidrocarburos; minería, puertos, elaboración de productos alimenticios y bebidas; fabricación y manufactura de bienes; entre otras actividades industriales, comerciales y de servicios.