El 13 de agosto de 2018 se han notificado dos decisiones del Bureau del Consejo relativas a la injerencia en la actividad de las federaciones nigeriana y ghanesa.
Con arreglo al art. 16, apdo. 1 de los Estatutos de la FIFA, el Bureau del Consejo ha fijado el 20 de agosto de 2018 a las 12 h (CET) como plazo definitivo para que la Federación Nigeriana de Fútbol (NFF) devuelva su sede al comité ejecutivo legítimo presidido por Amaju Melvin Pinnick — elegido de manera legal el 30 de septiembre de 2014—; de lo contrario, la NFF será suspendida con efecto inmediato por infringir el art. 14, apdo. 1 i), el art. 19 y el art. 14, apdo. 1 a) de los Estatutos de la FIFA.
La suspensión no se levantará hasta que la NFF, presidida por el Sr. Pinnick, y con Mohammed Sanusi como secretario general, confirme que han sido restituidos el control efectivo de la NFF y sus oficinas.
Asimismo, el Bureau del Consejo ha decidido que, si la suspensión de la NFF se hace efectiva, la selección nigeriana que está disputando la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA Francia 2018 pueda seguir haciéndolo de manera excepcional, dado que la competición ya ha comenzado.
En el caso de Ghana, debe hacerse constar que la presidenta del órgano de instrucción de la Comisión de Ética está investigando formalmente a Kwesi Nyantakyi, suspendido con carácter provisional en virtud de un fallo pronunciado por el presidente del órgano de decisión de la Comisión de Ética.
No obstante, el Bureau del Consejo considera que la petición cursada por el fiscal general ante el Tribunal Superior de Justicia para iniciar el procedimiento de liquidación de la Federación Ghanesa de Fútbol (GFA) constituye un caso de injerencia en la actividad de la GFA, en contravención del art. 14, apdo. 1 i) y el art. 19, apdo. 1 de los Estatutos de la FIFA.
En estas circunstancias, el bureau decidió que, si la petición de comenzar el procedimiento de liquidación de la GFA no se retira antes del lunes, 27 de agosto de 2018 a las 12 h (CET), la GFA será suspendida con efecto inmediato.
La suspensión solo se levantará cuando dicha petición sea retirada y la FIFA reciba una prueba por escrito que así lo certifique.